Inscripción Matrimionio Extranjero en España – Introducción
A todos nos surgen numerosas dudas antes de contraer matrimonio, pero sobre todo nos planteamos nuevas preguntas cuando uno de los factores creemos que puede alterar el resultado final que buscamos, registrar válidamente nuestro matrimonio, que se reconozca legalmente nuestro estatus marital y finalmente que surta efectos frente terceros. La inscripción matrimonio extranjero suele suscitar dudas paralelas. ¿Cómo lo hago?
¿Qué es lo que lleva a nuestros clientes a plantearse las siguientes dudas?
Las dudas no surgen cuando la celebración del matrimonio se lleva a cabo entre dos personas de la misma religión, mismo ordenamiento jurídico aplicable y todos los trámites se realizan en país de origen de ambos contrayentes, es decir, en el país en el que se desea que surta efecto, es bastante sencillo seguir todos los pasos para que ese matrimonio surta efectos frente a terceros. Hasta podríamos decir, que se tratan de matrimonios bastante sistemáticos, “Sota, Caballo, Rey” solo hay que seguir los pasos pautados para contraer matrimonio y que acabe surtiendo efecto frente a terceros.
Esto sucede en países como en España en los que los individuos pueden o bien contraer matrimonio de forma canónica o bien siguiendo las pautas establecidas por el Registro Civil al que le corresponda conocer de esa nueva unión marital. Los pasos ya vienen pautados, o bien el conocido de un amigo que contrajo matrimonio recientemente puede indicarte que documentos aportar y cómo lo hizo él en su día.
Sin embargo, esta regla no es de aplicación cuando dos individuos (sean o no de la misma nacionalidad) hayan contraído matrimonio fuera del Reino de España y desean registrarlo en el que ahora es su país de residencia, por ejemplo.
¿Cómo puedo registrar mi matrimonio islámico? ¿Ante qué organismos? ¿Qué documentos he de aportar? ¿Legalizados o Apostillados? ¿Cuánto tiempo tardarían en reconocer mi matrimonio? Estas son solo algunas de las preguntas que a diario recibimos de nuestros clientes.
Cuál es el organismo competente de Inscripción de Matrimonio Extranjero
¿Cómo saber cuál es el organismo competente en cada caso? Si al menos uno de los cónyuges reside y está empadronado en España, el órgano competente para el registro de los matrimonios celebrados en el extranjero en este caso es el Registro Civil Central, ubicado en Madrid.
Sin embargo, si los cónyuges no residen en España, deberán inscribir su matrimonio en el Consulado español correspondiente.
Documentos que aportar
Los documentos que hay que aportar para el registro de matrimonios celebrados en el extranjero son los siguientes:
- Formulario para la inscripción del matrimonio celebrado en el extranjero (este formulario lo proporcionan los profesionales de nuestra firma).
- Los matrimonios de nacionalidad española, ambos deberán presentar su DNI Español. En los supuestos de cualquier otra nacionalidad, aportarán preferentemente su NIE en vigor o en su defecto Pasaporte.
- Certificado literal de nacimiento de ambos solicitantes.
- Certificado de empadronamiento de ambos contrayentes.
- Certificado original de matrimonio, debidamente legalizado y traducido, salvo que esté exento.
- En el supuesto de que alguno de los solicitantes fuese divorciado al momento de contraer matrimonio, aportará certificado literal de su anterior matrimonio, con nota marginal de divorcio.
- Si alguno de los contrayentes era viudo al momento de contraer matrimonio, se aportará:
- Certificado literal de su anterior matrimonio, y
- Certificado literal de defunción del cónyuge.
Entre los aspectos que hay que tener en cuenta a la hora de presentar esta documentación son los siguientes:
- Todos los documentos que se presenten deben ser originales.
- Todos los documentos extranjeros tienen que estar legalizados por las autoridades que en cada caso correspondan. (Sello de Seguridad o Apostilla de la Haya – dependiendo de cada país).
- Todos los documentos deben ser traducidos, salvo el supuesto de que sean plurilingües (sólo se admiten las traducciones realizadas por organismo Diplomático, Consular o Interprete Jurado).
- Todos los documentos caducan a los 6 meses de su expedición, salvo el empadronamiento que caduca a los 15 días de su expedición.
Tiempo aproximado de tramitación
El tiempo aproximado para llevar a cabo la inscripción del matrimonio ante el RCC de Madrid a día de hoy es una incógnita puesto que en la normativa no viene fijado un periodo de tiempo en el que se garantice la resolución del expediente. Si bien, según nuestra práctica podemos establecer un rango aproximado de entre 1 y 2 años.
Ventajas de la inscripción del matrimonio
Con carácter general al tratarse de un trámite que se suele demorar en el tiempo, al ser el RCC conocedor de la inscripción de todos los matrimonios celebrados en el extranjero, recomendamos a nuestros clientes registrarlo cuanto antes, para así poder gozar de las ventajas de su inscripción. Entre las ventajas más destacables:
- Es un trámite totalmente gratuito.
- Permite reconocer matrimonios celebrados en el extranjero sin la necesidad de contraer nuevamente matrimonio.
- Es un trámite que se puede realizar desde la comodidad de tu hogar, sin la necesidad de tener que desplazarte.
- Todas aquellas personas extranjeras que hayan contraído matrimonio con un ciudadano/a español/a una vez registrado e inscrito su matrimonio celebrado en el extranjero podrán aplicar a la nacionalidad española pasado un año desde la inscripción del mismo.
Confiamos en que esta publicación sea de ayuda para comprender los conceptos básicos acerca de la inscripción en España de los matrimonios celebrados en extranjero y quedamos a su disposición absoluta para cualquier pregunta sobre esta publicación de aplicación general. Para mas información publicada en español pueden visitar todas nuestras publicaciones en este link así como los videos en español de nuestra directora Maria Rubert.