Fraude en Emiratos – Introducción

El fraude en Emiratos Árabes Unidos («EAU» o «Emiratos») se está volviendo indeseablemente común. En la actualidad estamos observando dos formas diferentes de obtener fondos de forma fraudulenta de terceros, en este caso, víctimas del fraude. Esta novedad se refiere al uso de medios electrónicos: WhatsApp, SMS y correos electrónicos.

Antes de saltar a los ejemplos más comunes de fraude que tienen lugar en los EAU, definiremos el concepto de fraude y su regulación bajo la Ley de los EAU.

El sistema legal de los EAU cubre el concepto de fraude en el Artículo 451 de la Ley Federal No. 31 de 2021 sobre la Emisión de la Ley de Crímenes y Sanciones:

El que ilícitamente se apropiare para sí o para otro de bienes muebles, u obtuviere un beneficio o documento o una firma en dicho documento, o una revocación o alteración del documento, por medio de fraude o por engaño o capacidad para engañar a la víctima e inducirla a entregar dicho documento, será pasible de pena de cárcel o multa. La misma pena se impondrá al que enajenare un bien inmueble o mueble, a sabiendas de que no es propietario ni tiene derecho a disponer de él, o que lo ha enajenado con anterioridad o celebrado un contrato sobre él. mismo, y que pueda causar daño a un tercero.

Si el objeto del delito es dinero o bono del Estado o de alguna de las entidades mencionadas en el artículo 5, se considerará como circunstancia agravante.

Cualquier intento de cometer el delito será punible con una pena de prisión por un período que no exceda los dos (2) años o una multa que no exceda los veinte mil (20,000) AED. Ante cualquier condena contra un reincidente con pena de prisión de un (1) año o más, el tribunal podrá ordenar medida de vigilancia por un período no mayor de dos (2) años y que no exceda el término de la pena.

El fraude, por lo tanto, implica dos aspectos:

la apropiación; y
El dolo sobre el método, la identidad o la capacidad para hacer la apropiación.

Ejemplos de fraude

Actualmente estamos asistiendo a un número importante de clientes con casos como:

Robo de identidad por correo electrónico

Correo Electrónico de Robo de Identidad para reclamar fondos que corresponden a un tercero. Esto lo estamos observando en un número diferente de campos, como transacciones comerciales, renovaciones de arrendamiento y acuerdos de liquidación.

La mayoría de estos casos tienen en común que los piratas informáticos criminales se apoderan de la identidad de otra persona y hacen un cambio en los datos bancarios que se van a pagar, con bastante rapidez.

Para construir más en estos ejemplos:

  • Renovación de arrendamiento: al momento de renovar el arrendamiento, el delincuente se apodera de los correos electrónicos del arrendador o agente inmobiliario y envía diferentes datos bancarios para completar el pago.
  • Disputas comerciales: al momento de pagar la mercancía, el delincuente se apodera de los correos electrónicos del vendedor y le envía diferentes datos bancarios para recibir el pago de manera ilícita.
  • Acuerdos de liquidación: al momento de cumplir con un plazo de pago bajo el acuerdo, el delincuente se apodera de las cuentas de correo electrónico de la contraparte y cambia los datos bancarios.

En todos estos escenarios, la trama se desvela cuando la parte que espera los fondos da seguimiento a la parte que paga.

En este punto. ¿Qué hacer? ¿Presentar un caso contra alguien que no se conoce? ¿Las autoridades de los EAU investigarán siguiendo el IBAN y la identidad de la parte receptora?

De hecho, es sorprendente que los bancos acepten pagos cuando los beneficiarios no coinciden y que las partes receptoras (de fondos) estén en los EAU (hasta la fecha, según nuestra experiencia).

SMS/WhatsApp
Un segundo tipo de fraude se lleva a cabo a través de sms o mensajes de WhatsApp, por lo general, el delincuente se hace cargo de la identidad de una autoridad de los EAU, un banco privado o la policía y, a través de sms, solicita detalles muy específicos del receptor solicitando una actualización, para evitar una sanción, etc

A pesar de que los delincuentes pueden ser procesados y las multas/encarcelamiento están previstas en el artículo 451 de la Ley penal de los EAU, pasar por el proceso de seguimiento del delincuente puede no ser agradable y puede no tener éxito si el malhechor está fuera de los EAU. Por lo general, el proceso penal se detiene si el malhechor no es detenido.

Esto se aplicaría al segundo tipo de casos de fraude que hemos visto, pero, ¿qué sucede con los casos anteriores cuando hay una parte que realmente le paga a un ciberfantasma? ¿Tendrá que pagar? ¿Se hará responsable a la otra parte por haber sido pirateada ya que la parte que paga siguió instrucciones legítimas de una fuente verificada?

La respuesta depende de las circunstancias específicas que deberán evaluarse. Recomendamos encarecidamente el pronto asesoramiento de expertos, ya que fruto de las emociones iniciales no es raro ver aplicaciones delictivas que podrían haberse evitado. La estrategia adecuada mitigará el daño.

Confiamos en que esta publicación sea de ayuda para comprender los conceptos básicos acerca de aumentos de fraude en Emiratos y quedamos a su disposición absoluta para cualquier pregunta sobre esta publicación de aplicación general. Para mas información publicada en español pueden visitar todas nuestras publicaciones en este link así como los videos en español de nuestra directora Maria Rubert.